Asesoría y Capacitación Ley 21.643

Ley Karin de Prevención, Investigación y Sanción del Acoso Laboral, Sexual o de Violencia en el Trabajo

Ley 21.643 de Prevención, Investigación y Sanción del Acoso Laboral, Sexual o de Violencia en el Trabajo


A contar del 1 de agosto de 2024 entra en vigencia la Ley 21.643, más conocida como Ley Karin.


De acuerdo con esta ley las empresas deberán abordar los siguientes puntos:

  1. Adopción de Protocolos: Los empleadores deben adoptar e implementar medidas efectivas para prevenir, investigar y sancionar conductas de acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo.
  2. Reglamentos y Procedimientos: Deben actualizarse los reglamentos internos para incluir protocolos específicos y procedimientos detallados para la gestión de denuncias y sanciones.
  3. Formación Obligatoria: Es necesario capacitar a todos los empleados sobre los riesgos y las medidas de prevención contra el acoso y la violencia, incluyendo la sensibilización sobre género.
  4. Responsabilidad de Informar: Los empleadores están obligados a informar semestralmente sobre los canales disponibles para la recepción de denuncias y las instancias estatales pertinentes.

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  1. Elaboración de un protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo.
  2. Modificación del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, que incluye:
    1. Incorporación del protocolo mencionado.
    2. Actualización del procedimiento de investigación para denuncias, incluyendo nuevos tipos de denuncias y cambios legislativos.
    3. Diseño de canales específicos para la recepción de solicitudes de investigación.
  3. Capacitación a la alta gerencia de los aspectos más relevantes de la Ley y cómo abordarlos.
  4. Formación de jefaturas en la identificación de factores de riesgo y en la contención inicial de afectados.
  5. Formación de los equipos responsables de las investigaciones, asegurando que posean certificaciones y formación en temas relevantes como perspectiva de género.
  6. Formación de investigadores para cumplir con los estándares legales.
  7. Capacitación de los trabajadores sobre los riesgos y las medidas de prevención contra el acoso y la violencia, incluyendo la sensibilización sobre género.


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